Es un derecho contemplado en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que permite reducir la jornada de trabajo para poder pasar más tiempo con tu hijo/a. El problema principal de la reducción es que depende del convenio colectivo y en muchos casos tampoco queda todo claro con el convenio, por lo que los jueces van modelando lo que se puede y no se puede hacer.
Reducción de jornada por guarda legal

Un servicio gratuito para resolver tus dudas legales de conciliación.
El teléfono amarillo de la conciliación
Un equipo de abogadas resuelve las dudas legales en materia de conciliación: permisos de maternidad y paternidad, bajas laborales, lactancia, adaptación de jornada, teletrabajo… El servicio, que es 100% gratuito para las usuarias y sufraga la Asociación Yo No Renuncio, permite a las mujeres conocer sus derechos.
En muchos casos, las madres tienen miedo de informarse en sus empresas o incluso de comunicar sus embarazos. Esta fue la razón que llevó a la asociación a lanzar este servicio, totalmente confidencial, que ya ha ayudado a 4.000 mujeres.
¿Qué es la reducción de jornada?
¿Cómo puedo pedir la reducción?
Debes ser tú quién haga la solicitud. Nunca dejes que sea la empresa (o su “asesor”) quien la haga. Puedes descargarte el modelo aquí, pero recomendamos que acudáis a un profesional para dejar todos los cabos atados. En la carta presentada debe aparecer la fecha de inicio y fin de la reducción, el porcentaje de reducción y horario solicitado.
¿Podemos solicitar mi pareja y yo la reducción a la vez?
Sí, se puede pedir y la empresa está obligada a concederla siempre que sea dentro de la jornada ordinaria.
¿Cuánta jornada puedo reducir?
Como mínimo debes reducir, cada día, una octava parte de la jornada (un 12,5% de la jornada) y como máximo la mitad de tu jornada (un 50% de la jornada). Es importante destacar que es “cada día” porque todos los días de trabajo se debe reducir esa octava parte como mínimo o la mitad como máximo.
Si tienes un contrato a tiempo parcial también tienes derecho a reducir tu jornada y los porcentajes siguen siendo los mismos.
¿Puedo elegir el horario de la reducción de jornada?
Claro, sí que se puede. Pero ojo, porque el horario siempre debe ser dentro de tu jornada habitual de trabajo. ¿Qué quiere decir esto? Que si trabajas de 15h a 21h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 7h a 15h podrían denegar tu solicitud, al no ser tu jornada habitual. Pero siempre que exista una justificación de carácter organizativo, es decir, lo que no pueden hacer es denegarlo sin ningún motivo.
¿Puedo hacer toda la jornada seguida renunciando a la hora de comer?
Si trabajas más de 6 horas tienes que parar como mínimo 15 minutos al día, obligatoriamente. No puedes renunciar a ellos. La famosa “hora de comer” (que en algún caso son 2 ó 3 horas) suele ser uno de los temas más conflictivos, ya que al no ser realmente parte de la jornada de trabajo, en teoría no se puede “invadir”. Sin embargo se han ganado muchos juicios porque la empresa no ha podido demostrar que esa “invasión” por parte de la trabajadora les representara un perjuicio organizativo. Al final, muchas veces hay que demandar a la empresa para conseguirlo, con los problemas de ambiente de trabajo que ello conlleva.
Si trabajo de lunes a sábado y/o domingo… ¿puedo dejar de trabajar el fin de semana?
No, no puedes. Como hemos comentado más arriba, la reducción tiene que hacerse todos los días, pero no puedes eliminar un día completo de trabajo: máximo el 50% de ese día. Algunas personas preguntan qué pasa si la empresa está de acuerdo en que deje de trabajar el fin de semana… Pues es mejor para ellas, pero ojo, porque si la Seguridad Social llega a tener conocimiento, puede haber problemas de cara a futuras prestaciones.
Si trabajo a turnos, ¿puedo pedir un turno fijo?
Esta es una de las preguntas más habituales y que lamentablemente no tiene una respuesta absoluta de “sí” o “no”. De hecho, cuando se pide turno fijo lo normal es que la empresa se niegue y la trabajadora deba demandar a la empresa para conseguirlo. Pero conseguirlo no es automático: primero el juez valora la situación de la trabajadora (por ejemplo, el horario de la pareja, el horario escolar de los buenoshijos/as, las circunstancias familiares, etc.) y de la empresa (como el perjuicio que provoca a la empresa y a otros trabajadores/as conceder un turno fijo a una sola persona). Una vez se recoja esa información, el o la juez decidirá en base a esas situaciones.
¿Qué tengo que hacer si mi empresa no contesta a mi solicitud de reducción?
En este caso, deberás interponer una demanda ante el Juzgado Social en los 20 días hábiles siguientes a la denegación. Te citarán a juicio a ti y a la empresa y posteriormente el o la juez decidirá. ¿Cuánto puede tardar el juicio? Esto depende de cada comunidad autónoma, pero en cualquier caso, siempre tarda más de lo deseable y de lo que marca la ley (que es menos de un mes).
¿Y si quiero cambiar el horario de la reducción antes del fin de la reducción?
En este caso deberás hacer una solicitud nueva. En principio la normativa no prohíbe los cambios, pero es recomendable que se hagan cuando haya una justificación para cambiarlo por si la empresa se pone dura ante dicho cambio.
¿Pueden despedirme por pedir la reducción de jornada?
No, más bien es al revés, en el momento que pides la reducción tienes una protección especial contra el despido.
Si tengo un hijo o hija menor de 12 años, ¿puedo pedir cambio de turno, quitarme días de trabajar o alguna medida de flexibilidad horaria sin reducirme horas?
Salvo que el convenio lo mencione (y no lo suele hacer) no. No hay preferencias sin reducción de jornada. Ojo, pedir cambio de turno y quitarte días de trabajar solamente lo puedes hacer si el convenio te permite, pero es que sin reducción, todas estas opciones son básicamente casi imposibles.

