La realidad de los hogares monoparentales

Las claves de la reforma de la ley de salud sexual y reproductiva

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Hablar de monoparentalidad(es) es hablar, sin lugar a dudas, de mujeres e infancia. La Encuesta Continua de Hogares 2020 y las gráficas del INE en cuanto a hogares monoparentales, se indique la variable que se indique en cuanto a edad de progenitor/a, estado civil o número de hijos/as, se arrojan siempre datos similares en cuanto al sexo que tiene la persona a cargo de dicha monoparentalidad:

El 81% de los hogares monoparentales tiene a la cabeza una mujer como única cuidadora y proveedora, de ahí que todas las políticas que se lleven a cabo tendentes a proteger este modelo de familia, han de
efectuarse bajo un enfoque de género y de infancia. El modelo específico de familia monoparental genera riqueza y diversidad social y mejora la tasa general de fecundidad. Por lo tanto, cuenta. Según el reciente estudio realizado por la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MADRES SOLTERAS (FAMS) “Las Familias Monoparentales en España” – ESTUDIO FAMS – y datos de la ECH de 2019, hay 1.887.500 hogares monoparentales en España, que representan el 10,1% del total de hogares existentes, pero un 25% de los que tienen hijos. Según el propio estudio y en relación al tamaño de los hogares monoparentales, “la ECH refleja que están compuestos mayoritariamente (69%) por una adulta y un solo hijo/a a cargo, mientras que el 26% están compuestos por una persona adulta y dos hijos/as. El resto, solo un 5%, por más de dos hijos/as a cargo”.

La acumulación de los permisos de nacimiento

Una vez expuestos los datos oficiales en relación a este modelo específico de familia, vamos a centrarnos en una de sus luchas más titánicas en los dos últimos años: la acumulación de los permisos de nacimiento.

Si bien es cierto que las familias monoparentales requieren de un marco protector jurídico único, complejo y transversal que no se limite solo a medidas de conciliación o de carácter laboral, no es menos cierto que los permisos de nacimiento para este modelo familiar han dado mucho que
hablar dada la reciente Sentencia nº 169/2023 de nuestro de nuestro Tribunal Supremo «Sala de lo Social» conocida el mismo 8M, que en unificación de doctrina vino a negar la posibilidad – vía judicial – de que estas madres (y digo madres porque hasta ahora son básicamente ellas las que han impulsado esta batalla judicial a costa de su tiempo, energía y dinero), pudieran disfrutar de 32 semanas de permiso de nacimiento para cuidar de
sus bebés.

Las criaturas nacidas en familias biparentales pueden ser cuidadas por sus dos principales figuras de apego 32 semanas (16 + 16), sin embargo, no tienen este mismo derecho al cuidado los bebés nacidos en familias en las que solo está la madre, ya que nuestro actual sistema de permisos (Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación) no lo contempló así.

Con la total seguridad de que este sistema de permisos discrimina a sus bebés (pudiendo ser incluso un sistema inconstitucional) y crea desigualdad entre las madres y las familias en general, las monoparentales iniciaron su periplo judicial para conseguir que al menos en vía judicial se les diera la razón.

Por todo el territorio nacional, se fueron tejiendo redes de apoyo y ayuda entre estas madres y sus abogadas, con el apoyo y el trabajo constante de Asociaciones como Madres Solteras por Elección que no decae en su pelea para poder darle el sitio que merecen a nivel social su modelo de familia.

La discriminación a estas familias se produce al ofrecerles un tratamiento igual a necesidades que son muy distintas a las de la familia conformada por dos progenitores. No se consigue igualdad sin la aplicación de la equidad. Se niega la situación que diferencia ambas realidades y que requieren un tratamiento diferenciado para eliminar toda discriminación, directa e indirecta, que sufren las
mujeres a la hora por ejemplo, de conciliar.

La estructura familiar en la que nazcan las criaturas no puede ser objeto de un trato discriminatorio, de lo contrario se vulneran por ejemplo, los compromisos de España en materia de derechos de la infancia. Entre éstos, están los adquiridos en la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificado por España en 1990 o la Directiva del Parlamento y el Consejo Europeo 2019/1158 de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

A raíz de las múltiples demandas por parte de estas madres, se han ido obteniendo sentencias a favor y en contra de la propia acumulación especialmente en la Jurisdicción Social (Laboral). Hasta que el pasado 8 de marzo, como decíamos, el Tribunal Supremo negó la posibilidad, al menos vía judicial, de acumular, dejando en manos del legislador esta función.

A favor de la acumulación las sentencias previas priorizaban el derechos de los bebés, el interés superior del menor, el derecho a ser cuidados de la misma manera nazcan en el modelo de familia que nazcan. Entienden estas sentencias que denegar la ampliación quiebra el principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la CE., en relación con el artículo 39 del mismo texto legal. Así mismo, aplican una clara perspectiva de género. En palabras de la Magistrada Glória Poyatos: “Vulneran el mandato constitucional (art. 10.2 CE) según el cual la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y Acuerdos internacionales ratificados por España son de aplicación directa en la interpretación de las normas relativas a los DD.FF. En este caso es de aplicación directa la Convención sobre los Derechos del Niño, que prohíbe la discriminación de los menores, sea cual sea su condición o la de sus padres/madres, y dispone la obligación de las AAPP de velar por el interés superior del menor. Y, de otro, que el Código Civil permite la “aplicación analógica de las normas” cuando, ante la ausencia de regulación de un determinado supuesto, se aplica lo previsto para otro similar con el que se aprecie identidad de razón…”.

Cuando hablamos de aplicación analógica nos estamos refiriendo a que por ejemplo, el CGPJ avaló que una Magistrada progenitora única acumulase los permisos por nacimiento que la ley prevé para familias biparentales en febrero de 2021. Es por ello, que cuando hablamos de la sentencia del Tribunal Supremo, hablamos de mujeres que no son empleadas públicas, porque a éstas, dicha sentencia no les vincula puesto que sus demandas van por otras vías jurisdiccionales y están consiguiendo sentencias a favor gracias a dicho pronunciamiento del CGPJ que va a acabar vinculando a todas las madres “funcionarias” que van a poder ir acumulando.

El pasado 28 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó el texto del proyecto de ley de la conocida ley de familias pero tampoco ha incluido la posibilidad de acumular el permiso de nacimiento para familias
monoparentales.

Así que actualmente, tenemos familias biparentales cuyos bebés disfrutan de 32 semanas de cuidados, a madres progenitoras únicas empleadas públicas que sí van a poder con toda probabilidad acumular sus permisos y por otro lado, tenemos a madres progenitoras únicas no funcionarias cuyos bebés no van a poder ser cuidados las mismas semanas que el resto de bebés. La sentencia de la sala Social del Tribunal Supremo no es solo lamentable en su argumentación sino que discrimina y adolece de una clara perspectiva de infancia y enfoque de género y no cumple con su vinculación a los acuerdos internacionales ratificados por España. Al final, de lo que estamos hablando es de una clara vulneración de Derechos Fundamentales en modelos de familias no tradicionales, una sentencia reaccionaria que vulnera los derechos de los bebés y a la postre, de sus familias.

Las madres, sus Abogadas y las Asociaciones vamos a continuar la lucha judicial hasta llegar si hace falta al TJUE para hacer valer los derechos de los bebés y su modelo de familia. El debate en torno a los hogares monoparentales no está exento de polémica.

Existen dos polémicas-mitos en concreto que me resultan especialmente importantes aclarar con la ayuda de Miriam Tormo, madre soltera y presidenta de MSPE. En primer lugar, tenemos a esa parte de la sociedad que cree que es injusto que estas madres tengan doble permiso de nacimiento puesto que
según su argumentario es una decisión libremente tomada cuyas consecuencias han de asumirse unilateralmente.

Ante esta postura, Miriam Tormo es clara:

  • “Ahora mismo en España, todas las familias son elegidas de un modo u otro. Elegimos el momento de crearla, de ampliarla o de modificarla, el número de hijos o hijas que queremos tener y cómo vivir en familia. Todo ello con un matiz importante ya que lo cierto es que estas “elecciones” están muy condicionadas por la situación socioeconómica que nos rodea. En cualquier caso, nosotras no somos una excepción en ese tema, y, como el resto, en un momento concreto de nuestras vidas, tomamos una decisión que conlleva, y esto no puede olvidarse, una contribución a esta sociedad con la crianza, el cuidado y la educación de nuestros hijos e hijas. En un momento como el actual, con una bajada de la natalidad que preocupa, nuestro modelo de familia crece, esto es así, son datos. Somos un modelo de familia EN AUGE, formamos parte de la realidad social de este país, y como tal, se tienen que abordar las necesidades específicas de nuestro modelo de familia. Y lo más importante, el sistema debe garantizar iguales derechos para nuestros niños y niñas, y también para sus madres”.

El mito de la libertad de elección y el ultraliberalismo que dice garantizar la absoluta libertad individual en los ámbitos económico, social, político y filosófico, como la mejor forma de desarrollo económico-social de un país, daña enormemente modelos de vida no convencionales con argumentos que jamás se aplicarían para una familia por ejemplo, numerosa, cuyos beneficios o ayudas nadie cuestiona.

Otro de los argumentos en contra de que se les permita acumular, es aquel que apela a que si la mujer tiene derecho a disfrutar de 32 semanas, el propio derecho le va a “acarrear” aún más discriminación laboral. Este argumento me parece infantilizador y condescendiente con respecto a estas mujeres y sopla las responsabilidades que de manera conjunta en cuanto a corresponsabilidad tienen las empresa, las instituciones públicas y las familias.

A ello también me responde rotundamente Miriam Tormo:

  • “¿Por qué nadie se cuestionó si ampliar el permiso a los padres a 16 semanas podría perjudicar a parejas que trabajan en la misma empresa? No se ha debatido sobre el posible perjuicio al empresario por tener que cubrir dos puestos, 16+16 semanas. ¿Por qué no nos cuestionamos si formar una familia numerosa puede perjudicar laboralmente a las madres que las forman? Si el obstáculo para alcanzar la igualdad en el ámbito laboral es alejarse del mercado laboral y eso debe evitarse, ¿por qué nadie plantea que debiera limitarse el tiempo de permiso que puede tomarse una mujer en su vida profesional? Si el empresario va a condicionar su decisión de contratar a mujeres por una posible ausencia continuada de máximo 32 semanas (que puede cubrir con una sustitución), ¿no se ve condicionado por ausencias de mínimo 48 semanas en tres periodos? Podríamos seguir buscando comparativas que no nos llevarían a ningún sitio, porque hablamos de derechos de niños y niñas, de derechos de conciliación de sus madres (o padres) y de igualdad de género, no se trata de elecciones o de decisiones personales. No otorgar el doble permiso perjudica mucho en cuanto a conciliación. Porque los bebés van a la escuela infantil a la 16 semanas, ¿cómo se hace si enferman con pasa habitalmente con bebés?. Es una clara desventaja respecto de otras mujeres. A mayor duración del permiso, mayor protección y fuente de ingresos»”.

En efecto, el argumento infantilizador de “lo hago para proteger tu vida laboral” cae por su propio peso cuando pensamos en que la ampliación a los segundos progenitores no suscitó este debate y sobre todo, decae cuando a nadie se le ha ocurrido pedir que a partir del tercer hijo, la mujer ya no pueda por ejemplo disfrutar de 16 semanas de permiso de nacimiento sino de la mitad, ya que con tanto hijo/a y tanto permiso, se le va a penalizar por parte de su empresa. Esto es impensable, sería una auténtica
barbaridad. La realidad es que la penalización a nivel laboral de las madres no dependen tanto del número de hijos/as ni del modelo de familia sino de la falta de marcos protectores transversales y de corresponsabilidad social.

Los hogares monoparentales no son pobres, los empobrece el sistema y la falta de un marco propio regulador y protector de su especifidad.

Seguimos luchando para que esto cambie no solo en cuanto a permisos sino en cuanto a otras reivindicaciones como pueda ser que las familias monoparentales con un único hijo cuenten con las mismas medidas de apoyo y ayuda que las que tienen dos hijos/as o más y las numerosas (medida que ha quedado fuera de momento del proyecto de ley de familias) ya que como vimos al inicio, un 70% de estas familias se forman por la madre y un/a único/a hijo/a.

Al final siempre es el mismo cuento: lidiar entre quienes están anclados a los “valores de toda la vida” y quienes no dotan de presupuesto suficiente para que las políticas sean realmente eficaces para toda la ciudadanía en igualdad.

3 respuestas a “La realidad de los hogares monoparentales

  1. Felicidades por el artículo, Emi.

    Soy socia de la Asociación MSPE y recoges maravillosamente bien una realidad compleja y no exenta de polémica.

    Enhorabuena y muchas gracias por contar con la palabra de Miriam, como portavoz de las reivindicaciones y argumentaciones de cualquier tipo de familia monoparental.

    Un abrazo.

  2. Las familias monoparentales estan creando recursos/personal para el futuro, es fuera de logica que familias monoparentales dispongan de la mitad de semanas de cuidado y más carga fiscal en el IRPF, cuando este modelo precisamente soporta mas gasto en conciliación por los cuidados. Es muy injusto que no haya voluntad de jueces/ ejecutivoen materializar los incentivos que necesitan las monoparentales.

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