¿Tengo derecho a seguir teletrabajando?
Si en tu empresa estáis volviendo a la presencialidad y tienes dudas sobre si tienes derecho a seguir teletrabajando, sigue leyendo la información que ha preparado el equipo de Legálitas para la Asociación Yo No Renuncio.
¿Puedo seguir teletrabajando?
La nueva regulación del teletrabajo aprobada en la Ley 10/2021, e 9 de julio , establece el carácter esencialmente voluntario y reversible del teletrabajo tanto para el empresario como para la persona trabajadora, por lo que en principio si el empresario decide que debemos reincorporarnos a nuestro centro de trabajo de manera presencial no podemos negarnos.
Sin embargo, y puesto que la pandemia no ha terminado si somos personas vulnerables desde el punto de vista sanitario podríamos invocar nuestro derecho a la vigilancia de la salud recogido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para seguir teletrabajando algún tiempo más, ya que así lo indica esta ley obliga en su art. 25, al obligar al empresario a proteger la salud de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.
Derecho al teletrabajo
Este derecho a solicitar el teletrabajo viene recogido en el art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores entre otras posibilidades, como por ejemplo adaptar nuestra jornada o la forma de prestar el servicio.
El trabajador debe solicitarlo por escrito y el empresario, en ausencia de pacto colectivo que regule la petición, está obligado a negociar con él para concederle lo solicitado u ofrecerle alternativas de conciliación. Si se deniega la petición deberá hacerlo por razones objetivas, y en última instancia esta decisión puede ser revisada por un juez en un procedimiento especial y urgente.
¿Quieres hacerte socia y colaborar para que podamos seguir luchando por la conciliación? Hazlo AQUÍ.